viernes, 15 de febrero de 2008

Despedido estando de baja

Según lo establecido en una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, ha declarado despido improcedente ( es decir, 45 días por año y a la calle) y no nulo , el despido de una trabajadora que sufrió un infarto y pasó a la situación de baja por enfermedad. Dicha trabajadora lo impugnó porque entendía que se trataba de un acto nulo por vulneración de derechos fundamentales, lo que se buscaba era la nulidad del despido y la correspondiente readmisión de la trabajadora en la empresa.

El Supremo dice que con este despido no se ha vulnerado la integridad física y moral del trabajador, en otras palabras, refuerza que las compañías puedan despedir a los trabajadores en situación de baja pagando la correspondiente indemnización sin tener que readmitirles. IMPRESIONANTE ¡¡¡


Fuente : el kurrante, form@empleo

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